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RD Legionella: FEGECA Detalla los Criterios para los Tanques de Agua Caliente Sanitaria (ACS)
La Comisión Técnica de FEGECA ha difundido un comunicado en el que examina las características primordiales que deben cumplir los depósitos de acumulación de ACS después de la actualización del RD 487/2022, que establece los requisitos sanitarios para prevenir y controlar la legionella.
La reciente normativa impacta en el diseño y las especificaciones de los acumuladores a emplear en las instalaciones afectadas, así como en las condiciones operativas relacionadas con las temperaturas de uso.
Los acumuladores utilizados en instalaciones bajo la jurisdicción del RD 487/2022 deberán contar con accesos idóneos para llevar a cabo inspecciones y limpiezas esenciales que garanticen la ausencia de riesgos de proliferación bacteriana.
Imagen de Freepik.
Aquellos sistemas de acumulación de agua con una capacidad de 750 litros o más deberán contar con una boca de registro fácilmente accesible, cuyo diámetro mínimo sea de 400 mm, permitiendo realizar operaciones de inspección y limpieza. En el caso de depósitos inferiores a 750 litros, se requerirá un acceso suficiente para llevar a cabo dichas acciones.
Los interacumuladores de doble tanque están equipados con los accesos correspondientes para inspección, limpieza, vaciado y toma de muestras, ajustados a sus características de diseño. Además, según lo afirmado por FEGECA, estos acumuladores deberán contar con un sistema de medición de temperatura representativo del agua interna y una llave de purga accesible en la parte más baja del depósito, posibilitando el vaciado completo y la toma de muestras, y ubicada por debajo del punto de salida del agua.
En relación con las temperaturas de uso, se garantizará una temperatura uniforme y mínima de 60ºC en todo el agua almacenada en los acumuladores de agua caliente final. Para los interacumuladores de doble tanque, la temperatura mínima será de 70ºC.
Más responsabilidades del nuevo Real Decreto.
El RD 487/2022 también establece otros aspectos de seguridad
sanitaria para las instalaciones de ACS que afectan indirectamente a la
colocación de los depósitos.
FEGECA destaca que la temperatura en el circuito de ACS siempre deberá mantenerse por encima de los 50ºC, lo que implica que, dependiendo de la longitud del circuito y el nivel de aislamiento, podría ser necesario trabajar con temperaturas superiores a los 60ºC establecidos.
En términos de instalación, es imprescindible contar con
válvulas antirretorno y filtros en la entrada de agua fría a los depósitos de
ACS. En este sentido, FEGECA sugiere las siguientes acciones:
- Control diario de la temperatura en el acumulador y el circuito de retorno
- Purga semanal de lodos en el acumulador.
- Purga mensual de lodos en las tuberías.
- Revisión, limpieza y desinfección trimestral de los depósitos de ACS.
Según FEGECA, los acumuladores de ACS disponibles en el mercado actual cumplen plenamente con los requisitos de seguridad sanitaria para prevenir y controlar la legionela, según lo establecido en el RD 487/2022.
Sin embargo, destacan la importancia de seguir las pautas
adecuadas para la instalación y el mantenimiento, así como garantizar las
temperaturas de funcionamiento, con el fin de asegurar constantemente la
seguridad de los usuarios en las instalaciones afectadas por este marco legal.